¿Quiénes somos?

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Misión

Somos una institución de servicios públicos, que incentiva el desarrollo integral, con participación social, equidad de género y transparencia; gestionando la satisfacción de las necesidades básicas de la población, mediante la administración justa y rigurosa en el manejo de los recursos públicos y la gobernabilidad democrática, además administrar de manera de manera correcta el presupuesto asignado, en obras importantes que favorezcan la colectividad, priorizado las necesidades de manera equitativa, acorde a las normas establecidas en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipio.

Visión

Ser una institución modelo, comprometida con el mejoramiento y el desarrollo integral de las comunidades, basada en la calidad, eficiencia, transferencia y participación; posicionando a la Junta Del Distrito Municipal El Rubio como un distrito territorialmente sostenible, también desarrollar proyectos que beneficien de manera sostenible, todos los aspectos concernientes al Distrito: Socioculturales, Históricos, Educativos, Medioambientales, Seguridad Ciudadana, Además ser reconocidos en su ejecutoria como una Junta Municipal de calidad y excelencia por su eficiencia.

Valores

Solidaridad

Compromiso

Transparencia

Responsabilidad

Lealtad

Confianza

Amabilidad

Puntualidad

Honestidad

Tolerancia

Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios

Artículo 2.- Definición y Objetivos del Ayuntamiento.

El ayuntamiento constituye la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen.

Artículo 3.- Características Jurídicas del Órgano de Gobierno del Municipio.

El ayuntamiento como entidad de la administración pública, tiene independencia en el ejercicio de sus funciones y competencias con las restricciones y limitaciones que establezcan la Constitución, su ley orgánica y las demás leyes, cuentan con patrimonio propio, personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y, en general el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos.

Artículo. 4.- Ámbito de Actuación.

Los ayuntamientos tendrán como ámbito de actuación las competencias propias, y además, las coordinadas y delegadas con los demás entes que conformen la administración pública, que le defina la Constitución, su ley, las legislaciones sectoriales y las que rijan las relaciones interadministrativas. Se considera que las competencias de 10s ayuntamientos recaerán sobre todos los ámbitos de la administración pública, exceptuando aquellas que la constitución reserve para la administración central.